¿Las deudas después de 5 años caducan?
Tengo una deuda de un crédito personal que dejé de pagar hace 5 años. ¿Esta deuda está vigente o ha caducado? No recibo cartas de cobro.
Gracias.
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Buenos días,
Tendríamos que analizar el caso concreto para ver el tipo de deuda. En general las deudas prescriben a los 15 años.
Pero la prescripción se interrumpe en el momento en que el deudor recibe la notificación o es conocedor de la deuda.
Las deudas hipotecarias prescriben al cabo de 20 años.
Tendríamos que ver el caso concreto para poderlo asesorar mucho mejor y estaremos encantados de atenderlos.
Muchas gracias
EF Advocats
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10 respuestas:
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Dependerá del tipo de deuda. Hay diversos plazos de prescripción de las deudas. Habrá que analizar el tipo de deuda. Con mucho gusto le indicaremos. Gracias.
Reciba un cordial saludo.
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Dependiendo del tipo de deuda puede llegar a tener hasta 15 años.
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Depende del tipo de deuda puede haber plazo de caducidad de hasta 15 años.
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Buenos días,
En líneas generales son 5 años para fuera de Catalunya, pero hay excepciones, por tanto le recomiendo que exponga el caso para poder dar una respuesta más concreta.
Atentamente.
A.M.N. GESTION
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Estimado señor:
Las deudas por relaciones personales (créditos, prestamos, contratos, etc), prescriben a los 15 años.
Solo caduca a los 5 años la acción para ejecutar una sentencia o auto del Juzgado que reconozca una deuda, por caducidad del procedimiento.
Atentamente,
Pedro Torres Romero (abogado)
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Hola buenos días, las deudas no caducan, algunas tienen prescripción pero es de 15 años, siempre y cuando hablemos de pagarés o letras de cambio aceptadas, en consecuencia es muy difícil ver deudas prescritas.
Saludos
Antonio Medina
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Lamento comunicarle que las deudas no caducan.
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Las deudas de carácter personal prescriben a los 15 años.
Saludos.
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Por lo general el plazo de prescripción es de 15 años.
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Para reclamar judicialmente hay diferentes plazos dependiendo de varios factores. Nosotros reclamamos extrajudicialmente. Para darle una respuesta ajustada a su caso necesito saber cómo se ha originado la deuda y el tipo de soporte: si es factura, pagaré...
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