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¿Las deudas después de 5 años caducan?

Realizada por Álvaro. 2 nov 2014 11 respuestas

Tengo una deuda de un crédito personal que dejé de pagar hace 5 años. ¿Esta deuda está vigente o ha caducado? No recibo cartas de cobro.


Gracias.

deuda , deudas , cobro

Mejor respuesta

Buenos días,

Tendríamos que analizar el caso concreto para ver el tipo de deuda. En general las deudas prescriben a los 15 años.
Pero la prescripción se interrumpe en el momento en que el deudor recibe la notificación o es conocedor de la deuda.
Las deudas hipotecarias prescriben al cabo de 20 años.
Tendríamos que ver el caso concreto para poderlo asesorar mucho mejor y estaremos encantados de atenderlos.

Muchas gracias

EF Advocats

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Dependerá del tipo de deuda. Hay diversos plazos de prescripción de las deudas. Habrá que analizar el tipo de deuda. Con mucho gusto le indicaremos. Gracias.

Reciba un cordial saludo.

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11 NOV 2014

Logo Sarabia Abogados Sarabia Abogados

20 respuestas

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Dependiendo del tipo de deuda puede llegar a tener hasta 15 años.

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10 NOV 2014

Anónimo

Depende del tipo de deuda puede haber plazo de caducidad de hasta 15 años.

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10 NOV 2014

Anónimo

Buenos días,

En líneas generales son 5 años para fuera de Catalunya, pero hay excepciones, por tanto le recomiendo que exponga el caso para poder dar una respuesta más concreta.

Atentamente.

A.M.N. GESTION

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10 NOV 2014

Logo A.m.n. Gestión De Cobros A.m.n. Gestión De Cobros

3 respuestas

Estimado señor:

Las deudas por relaciones personales (créditos, prestamos, contratos, etc), prescriben a los 15 años.

Solo caduca a los 5 años la acción para ejecutar una sentencia o auto del Juzgado que reconozca una deuda, por caducidad del procedimiento.

Atentamente,

Pedro Torres Romero (abogado)

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5 NOV 2014

Logo Gonzalez Torres Abogados Gonzalez Torres Abogados

25 respuestas

21 votos positivos

Hola buenos días, las deudas no caducan, algunas tienen prescripción pero es de 15 años, siempre y cuando hablemos de pagarés o letras de cambio aceptadas, en consecuencia es muy difícil ver deudas prescritas.

Saludos

Antonio Medina

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5 NOV 2014

Logo Justidasa, S.C. Justidasa, S.C.

6 respuestas

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Lamento comunicarle que las deudas no caducan.

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5 NOV 2014

Anónimo

Las deudas de carácter personal prescriben a los 15 años.

Saludos.

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5 NOV 2014

Logo Bufete San Roman Bufete San Roman

33 respuestas

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Por lo general el plazo de prescripción es de 15 años.

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5 NOV 2014

Logo Solid Bridges Solid Bridges

6 respuestas

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Para reclamar judicialmente hay diferentes plazos dependiendo de varios factores. Nosotros reclamamos extrajudicialmente. Para darle una respuesta ajustada a su caso necesito saber cómo se ha originado la deuda y el tipo de soporte: si es factura, pagaré...

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5 NOV 2014

Logo Solid Bridges Solid Bridges

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