Es frecuente que en la reclamación de deudas nos toque gestionar deudas en donde el deudor ya no se encuentra en la misma empresa que en su día dejo a deber habiendo creado una nueva empresa. A continuación en el artículo que a continuación escribimos desde MERCACOBRO te explicamos que debes de hacer si quieres cobrar tus deudas de manera rápida y eficaz en este tipo de situaciones.
Que además hay que decir es algo habitual que realiza el empresario español cuando ve que su negocio se encuentre demasiado endeudado sintiéndose acosado por los acreedores, el cerrar la antigua empresa y empezar con una sociedad completamente limpia desde el punto de vista mercantil.
No obstante, el hecho de que tu deudor haya cambiado de empresa no significa absolutamente nada para una empresa de recobro aunque todo depende del tipo de vía que quieras llevar en el cobro.
Desde el punto de vista legal a través del recobro judicial tú no puedes reclamar a una empresa diferente a la deudora por mucho que se repita el mismo administrador y socios en la sociedad.
Sin embargo existen otras vías mediante las cuales un acreedor puede cobrar impagados sin importar demasiado esto y es el recobro extrajudicial de deudas O mediante la vía penal.
Ventajas de contar con la ayuda de una empresa de recobros
Actuar a través de una empresa de recobro tiene innumerables ventajas, no solo en lo relativo a los resultados obtenidos en el cobro en donde ningún profesional del cobro o acreedor conseguirá acercarse a los resultados obtenidas por esta, a eso tienes que sumarle la posibilidad de poder iniciar el cobro de impagados a través de todos los medios existentes fuera del juzgado. Esa es la especialidad de nuestro bufete jurídico, el recobro presencial a los deudores el cual solemos emplear sobre todo con aquellos deudores que no tienen ninguna intención de pagar sus deudas.
Es decir, así como en el recobro judicial los morosos profesionales pueden evitar pagar sus deudas, el recobro extrajudicial o la via penal en cambio es infalible contra ellos.